La Corte de Cuentas de la República (CCR) informó que, del 1 de octubre al 11 de noviembre de 2026, estará habilitado el periodo para que los ciudadanos que aspiren a un cargo de elección popular en los comicios de 2027 soliciten la constancia electoral que deberán presentar ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) como parte del proceso de inscripción.
La institución anunció la implementación del Sistema de Constancias Electorales, una plataforma tecnológica que busca agilizar la emisión de este documento y establece un plazo máximo de ocho días a partir del ingreso de la solicitud y los datos requeridos.
El presidente de la CCR, Walter Salvador Sosa, explicó que la nueva herramienta permitirá fortalecer la trazabilidad, transparencia, seguridad y agilidad del proceso mediante el cual se verifica la situación de quienes buscan optar a un cargo de elección popular. De acuerdo con la información proporcionada por la CCR, el Código Electoral establece que los candidatos deben presentar ante el TSE una certificación o constancia firmada por el presidente de la institución, en la que se determine si existe o no una sentencia ejecutoriada pendiente de pago al momento de realizar la solicitud.
La constancia podrá ser solicitada directamente por la persona interesada, así como por un apoderado, representante o autorizado expresamente. También podrán realizar el trámite los representantes legales de partidos políticos o coaliciones, siempre que acrediten la calidad con la que actúan. Entre los requisitos se encuentra proporcionar los datos de identificación y contacto, información relacionada con la candidatura, el cargo al que se aspira, partido político, coalición o candidatura no partidaria y la circunscripción correspondiente, cuando aplique. Además, será necesario presentar el Documento Único de Identidad (DUI) vigente y legible, por ambos lados, en formato PDF y ampliado al 150 %.
Aunque la solicitud podrá realizarse de manera sencilla mediante la plataforma, la CCR explicó que internamente el proceso contempla diferentes etapas de revisión. En ellas participan las Cámaras de Primera Instancia, la Secretaría de la Cámara de Segunda Instancia, la Coordinación General Jurisdiccional y la Secretaría Técnica.