El Ministerio de Trabajo aprobó el instructivo 01/2026, que establece los criterios operativos y procedimentales para aplicar la Quincena 25, prestación laboral que será obligatoria para los sectores público y privado a partir de enero de 2027.

El documento, publicado en el Diario Oficial, establece que el beneficio deberá entregarse entre el 15 y el 25 de enero y será equivalente al 50 % del salario nominal del trabajador. El pago será adicional al aguinaldo, deberá entregarse de forma íntegra, sin descuentos y no podrá ser embargado.

Como regla general, podrán recibir esta prestación los trabajadores con un salario nominal de hasta $1,500 mensuales. En el sector privado, quienes tengan al menos un año de antigüedad al 14 de enero recibirán el monto completo, mientras que quienes tengan menos de un año recibirán una cantidad proporcional al tiempo laborado. Las faltas injustificadas o medidas disciplinarias no eliminan el derecho a la prestación. En caso de renuncia o despido, la Quincena 25 deberá incorporarse a la liquidación correspondiente, ya sea de forma completa o proporcional.

Para los empleados del sector público y municipal, el pago completo requiere haber acumulado al menos seis meses de servicio durante el año correspondiente y no haber recibido una suspensión por faltas en el servicio superior a un mes ni una destitución por ese motivo. El instructivo contempla además casos de proporcionalidad relacionados con licencias prolongadas. Quedan excluidos quienes perciban más de $1,500 mensuales, pensionados y quienes no cumplan los requisitos establecidos; asimismo, se contempla la licencia sin goce de sueldo como una causal de exclusión, mientras que las licencias por enfermedad comprobada mantienen el beneficio.